viernes, 13 de junio de 2008

DESAFECTAR: ¿A SANTO DE QUÉ?

Desafectar supone declarar formal o tácitamente que un bien de dominio público queda desvinculado de uso o servicio público. Esto es lo que la Corporación Local aprobó en el pleno extraordinario del 17 de abril de este año: desafectar los terrenos de uso público deportivo ocupados irregularmente por la obra de Urbana Canet, SL con la intención de vendérselos posteriormente a esta misma promotora.

El expediente de desafectación de suelo público ha de permanecer en exposición pública durante un mes durante el cual se pueden presentar las alegaciones oportunas. A este derecho se acogido nuestro grupo municipal y esta semana hemos presentado alegaciones a una desafectación que claramente no se ha hecho mirando por los intereses del pueblo.

En las alegaciones exponemos por qué estas actuaciones responden a intereses particulares y no del pueblo:

1.- El Gobierno Municipal no ha justificado las razones de beneficio para el interés público.

2.- Estimamos que los objetivos de la desafectación son homologar las actuaciones urbanísticas irregulares de Urbana Canet y que esto supone una clara desviación de poder.

3.- El procedimiento urbanístico no cumple la legislación, ya que con la desafectación se ha de modificar el Plan General para determinar qué destino tendrá el suelo desafectado.

4.- Además, esta vez la concejala del Partido Popular y apoderada de Urbana Canet no se molestó siquiera en abstenerse en la votación de un asunto que le incumbe personalmente.

A todo esto habría que sumarle que posteriormente a esta medida la Corporación local ha tomado otro acuerdo que contradice al actual al propugnar un cambio de uso por el cual los terrenos a desafectar siguen siendo de uso público. ¿Hay alguien que entienda algo de cómo se hacen las cosas?

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